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Normas externas que regulan al Ideam

Administrativa

Ley 190 de 1995 (Por la cual se dictan normas tendientes a preservar la moralidad en la administración pública y se fijan disposiciones con el fin de erradicar la corrupción administrativa).

Ley 80 de 1993 (Estatuto general de contratación pública).

Ley 200 de 1995 (Por la cual se adopta el código disciplinario único).

Presupuestal

A continuación se relacionan las bases legales de las diferentes etapas y procesos del presupuesto general de la Nación que enmarcan al Ideam para la programación y ejecución de los recursos.

Ley 225 de 1995 (Por la cual se modifica la Ley 38 de 1989).

Decreto 111 de 1996 (Compila leyes 38/89, 179/94 y 225/95) conforma el estatuto orgánico del presupuesto.

Ley 179 de 1994 (Estatuto orgánico del presupuesto).

Decreto 568 de 1996 (Por el cual se reglamentan las leyes 38 de 1989, 179 de 1994 y 225 de 1995 orgánicas del presupuesto general de la Nación).

Ley 547 de 1999 (Por la cual se aprueba el presupuesto general de la Nación para la vigencia 2000).

Decreto 2686 1999 (Por el cual se liquida el presupuesto general de la Nación para la vigencia de 2000).

Ley 612 de 2000 (Por la cual se efectúan unas modificaciones en el presupuesto de rentas y recursos de capital y en la Ley de apropiaciones para la vigencia fiscal de 2000).

Decreto 1656 de 2000 (Por el cual se liquida la Ley 612 del 29 de agosto de 2000 que decreta unas modificaciones en el presupuesto de rentas y recursos de capital y en la Ley de apropiaciones para la vigencia fiscal de 2000).

Contable

A continuación se relacionan las disposiciones externas que regulan el proceso contable del Ideam.

Resolución 4444 de 1995 (Plan general de contabilidad pública).

Resolución Orgánica 04998 de 1999 (Por la cual se reglamenta la rendición de cuenta y su revisión y se unifica la información que se presenta a la Contraloría General de la República).

Recursos humanos

Evaluación del desempeño

La evaluación del desempeño se contextualiza dentro de la carrera administrativa como un sistema técnico de administración de personal que persigue dos objetivos principales: la eficiencia y la igualdad de oportunidades, apoyados en el principio de mérito y buscando mejorar la prestación de servicios del Instituto.

La recientemente desaparecida, Comisión Nacional de Servicio Civil, adoptó en el mes de febrero de 1999, un nuevo formato de evaluación del desempeño para empleados públicos que desempeñan cargos de carrera administrativa. Esto implica, tanto para evaluadores como para evaluados, un cambio de actitud que supone el estudio concienzudo del instrumento, para así obtener de él su máximo provecho.

El sistema de evaluación del desempeño para los empleados públicos tiene como fundamento legal el artículo 125 de la Constitución Política de Colombia. El texto de la citada norma establece que tanto el ingreso como la permanencia de los servidores públicos en el sector oficial depende de los méritos para ello y el mecanismo utilizado para establecer el mérito es la "evaluación del desempeño" tema que a partir del artículo constitucional, ha sido desarrollado entre otros en la Ley 443 de 1998, el Decreto 1572 de 1998 y el Acuerdo N° 55 de 1999, emitido por la Comisión Nacional del Servicio Civil, ente rector de la carrera administrativa hasta el año pasado.

A partir de la declaración de inexequibilidad de la Comisión Nacional del Servicio Civil, el Departamento Administrativo de la Función Pública asumió temporalmente algunas de las funciones y en la actualidad es el ente orientador y regulador de los aspectos relacionados con carrera administrativa de las entidades del Estado.


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